1) Declaración de crisis de la actividad.
2) Extensión de la cobertura de los beneficios establecidos por los Programas de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (Decreto 332/2020) en beneficio de las instituciones de prácticas deportivas, por el período de seis meses, permitiendo la asistencia con Salarios Complementarios y postergación o reducción del pago de las contribuciones patronales al SIPA hasta que los operadores se encuentren en condiciones de trabajar sin las limitaciones de aforo que imponen los protocolos vigentes.
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