Acerca del Convenio que encuadra a los gimnasios. Desde el 28 de octubre de 2015, los trabajadores que presten tareas en relación de dependencia en gimnasios, centros de fitness, crossfit y otras actividades relacionadas se encuadran en el Convenio Colectivo de trabajo N°738/16 UTEDYC - CGA, que ya cuenta con dos paritarias nacionales. En este convenio se han contemplado cuestiones específicas del sector. Establece tres tipos de jornadas laborales para el personal de gimnasios: -Completa / Normal 8 horas diarias / 44 semanales / De Lunes a Domingo / Continua o Fraccionada / Irregular (consentimiento del trabajador) Promotores / Vendedores: 46 horas semanales -A tiempo Parcial: 29 horas con 20 minutos (2/3 de la jornada normal según legislación) -Por Hora: Según Valor Hora acorde a cada categoría o grupo / sin mínimo de horas / hasta 176 horas mensuales a valor simple. Es de aplicación a nivel nacional. Brinda ventajas, como el pago por hora. Contempla beneficios para centros con menos de cinco trabajadores. Se establecen los sábados y domingos como días laborales sin restricciones. Flexibilidad en la distribución de jornadas en forma continua, discontinua o irregular. Reglamenta un régimen de francos y feriados nacionales, un sistema de créditos y débitos horarios, contempla situaciones de personal itinerante, reemplazo y suplencias, licencias y ausencias eventuales. Leelo aquí: https://www.camaradegimnasios.org.ar/noticias/articulo/convenio-utedyc-gimnasios